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A partir del febrero el importe del SMVM será de $ 180.000 y en marzo aumentará a $ 202.800

El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, por medio de la resolución 4/2024, establece los nuevos importes del Salario Mínimo, Vital y Móvil aplicables desde febrero y marzo del 2024.

La AFIP está adoptando criterios arbitrarios para devolver o no las percepciones de impuestos sobre compras o gastos con tarjeta en dólares.

La AFIP devuelve las percepciones de impuesto a las Ganancias y Bienes Personales sufridas en 2023 por compras o gastos en dólares, pero los expertos se quejan porque a veces lo hace y a veces no, pero no se observa un criterio claro de por qué adopta alguna de estas decisiones.

En nuestro país, el sistema tributario se divide en 3 niveles: el nacional, el provincial y el municipal, lo cual se traduce en un sistema complejo y engorroso.

En materia tributaria Argentina tiene aproximadamente 166 tributos, de los cuales 42 son nacionales, 41 son provinciales y 83 son municipales. En términos generales el 80% de la recaudación fiscal es de impuestos nacionales (algunos de ellos se coparticipan), el 16% lo aportan las provincias y el restante 4% los municipios. Dentro de este sistema se observa una gran cantidad de tributos y muchos de ellos de baja recaudación.

Respecto de la presión tributaria, en los países de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) oscila en el 35%, la de Argentina en el 32% mientras que en el promedio de países de Latinoamérica en el 24%. Pero el contrapunto es que nuestro país no ofrece a sus habitantes los servicios públicos en el nivel de prestación del mundo OCDE. Asimismo, nuestro país tiene 8%, de los 32 puntos, basados en impuestos a las exportaciones e impuestos que generan distorsiones como ser el impuesto sobre los ingresos brutos.

La suspensión será hasta el 31 de julio y alcanzará a MIPYMES, pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud

En el suplemento del Boletín Oficial del día 1° de febrero se publicó la RG (AFIP) 5482, que establece, para determinados contribuyentes, la suspensión, hasta el 31 de julio, de la iniciación de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares, para el cobro de deudas tributarias, recursos de la seguridad social, tributos aduaneros, multas, intereses y otros conceptos, a cargo de la AFIP.

¿Cuáles son los sujetos alcanzados por esta medida?

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